“Art. 1° Conforme a las leyes, las minas de cualquiera clase corresponden a la República, cuyo gobierno las concede en propiedad y posesión a los ciudadanos que las pidan, bajo las condiciones expresadas en las leyes y ordenanzas de minas, y con las demás que contiene este decreto”.
Simón Bolívar, 1829
Así comienza el famoso decreto sobre la minería firmado el 24 de octubre de 1829 por Simón Bolívar en Quito. En ese primer artículo del decreto, el Libertador deja claro que las minas (pues recordemos que en ese tiempo el petróleo era desconocido como fuente energética) “corresponden” a la República y no al mandatario de turno. Adicionalmente, queda también bien claro que el “gobierno las concede en propiedad y posesión a los ciudadanos que las pidan”.
Adicionalmente, en otra famosa resolución firmada el 2 de agosto de 1825 en Pucará, Perú, Simón Bolívar, considerando “que sobre el gobierno de la República gravita una inmensa deuda” y “que debe procurar el gobierno por todos los medios posibles la extinción de la dicha deuda” decretó “que las minas se arrienden o se vendan en público remate de cuenta del gobierno adjudicándose su valor a los acreedores del Estado en pago de sus créditos calificados”. La aplicación de ese decreto hoy sería muy útil para pagar la asfixiante deuda tanto interna como externa.
Por último, en el propio testamento de Simón Bolívar (quien murió pobre a pesar de haber nacido como un rico oligarca y gran terrateniente), pidió que se vendieran sus minas de Aroa para pagar sus deudas y compensar a sus amigos y herederos. Las minas de Aroa eran principalmente de cobre y no habían sido propiedad del gobierno, ni del Estado, ni de la República, sino de la aristocrática familia Bolívar por muchos años. En el tiempo del Libertador, las minas y los recursos naturales eran de los ciudadanos que los trabajaban. ¡Qué lástima que nuestras leyes actuales no sean realmente bolivarianas sino “antibolivarianas”!
JOSÉ LUIS CORDEIRO | EL UNIVERSAL